El Poder Ejecutivo oficializó la Ley 88-26, normativa que otorga una prórroga de 18 meses para la entrada en vigor de las disposiciones sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el país. Esta medida modifica el calendario original que fijaba el inicio de estas sanciones para el próximo 5 de noviembre. Con este cambio legislativo, el nuevo régimen de responsabilidad penal para empresas comenzará a aplicarse formalmente el 5 de mayo de 2028.

Detalles del nuevo plazo legal

La decisión responde a una solicitud del sector empresarial, incluyendo al Consejo Nacional de la Empresa Privada y la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios, quienes argumentaron la necesidad de tiempo adicional para realizar ajustes internos. La normativa busca facilitar una implementación ordenada de los mecanismos de prevención, supervisión y control exigidos por el Código Penal. Originalmente, el Congreso Nacional debatió una extensión de dos años, pero finalmente se acordó reducir el periodo a 18 meses tras el consenso entre ambas cámaras legislativas.

Bajo el esquema legal postergado, las empresas podrán ser investigadas y sancionadas por delitos cometidos por sus directivos o empleados en el ejercicio de sus funciones. Las posibles penalidades incluyen multas económicas, la revocación de licencias, el cierre de establecimientos y la inhabilitación para contratar con el Estado. La ley, que ya ha sido promulgada y publicada, es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional para asegurar que las instituciones del sistema de justicia estén preparadas para su ejecución efectiva.

Fuente: Portada