El Poder Ejecutivo oficializó mediante el decreto 787-26 el Código de Ética de la Inteligencia Artificial para los Servicios Públicos, estableciendo un marco regulatorio para el uso responsable de estas herramientas tecnológicas en el Estado. La normativa, coordinada por la Ogtic y la Digeig, busca garantizar que la implementación de sistemas automatizados sea segura, inclusiva y transparente. Este documento fue diseñado bajo un esquema participativo y multisectorial, integrando recomendaciones técnicas de organismos internacionales como la Unesco y la OCDE.

Regulaciones y prohibiciones para el sector público

La nueva disposición impone obligaciones estrictas para las instituciones, incluyendo la realización de evaluaciones de impacto ético en sistemas de alto riesgo que afecten derechos ciudadanos. Se garantiza el derecho a la transparencia algorítmica, permitiendo que los usuarios soliciten explicaciones sobre decisiones administrativas automatizadas y exijan revisión humana. Además, el decreto prohíbe explícitamente prácticas como la identificación biométrica masiva sin orden judicial, el scoring social, la automatización de sentencias penales y el perfilamiento criminal basado en sesgos socioeconómicos.

Para asegurar el cumplimiento de estas directrices, se creará el Consejo Nacional de Ética de la Inteligencia Artificial, que contará con la participación de representantes gubernamentales y de la sociedad civil. Las entidades estatales disponen de un plazo de 180 días calendario para adecuar sus procesos internos, registrar sus sistemas tecnológicos y designar a los responsables de supervisar la implementación. Asimismo, se establecen exigencias de ciberseguridad y trazabilidad para los proveedores tecnológicos, con el fin de proteger la soberanía de los datos nacionales y evitar el uso de sistemas opacos.

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