El Senado de la República Dominicana analiza una propuesta legislativa que busca modificar el Código Civil para otorgar al cónyuge o pareja consensual derechos sucesorales en igualdad de condiciones con los hijos y padres del fallecido. La iniciativa, presentada por el presidente de la cámara alta, Ricardo de los Santos, pretende llenar el vacío legal generado tras la eliminación del artículo 767 por parte del Tribunal Constitucional. Actualmente, el sistema jurídico prioriza a los descendientes, dejando a la pareja sobreviviente en una posición de vulnerabilidad al impedirle heredar si existen otros familiares directos.

Reforma tras fallo del Tribunal Constitucional

La propuesta surge como respuesta directa a la sentencia TC/0267/23, que calificó la redacción anterior del Código Civil como una transgresión a la dignidad humana y a la protección constitucional de la familia. El fallo otorgó un plazo de dos años al Congreso para integrar a la pareja como heredero legítimo, periodo que transcurrió sin una respuesta legislativa efectiva. Ante la falta de acción, el punto fue excluido del sistema jurídico, obligando a los legisladores a retomar el debate para subsanar la laguna normativa existente.

El proyecto establece que, de aprobarse, los bienes del difunto se repartirán en partes iguales entre los hijos, los padres y el cónyuge o pareja consensual. En caso de que el fallecido no tenga descendientes ni padres vivos, la totalidad del patrimonio pasaría a manos del sobreviviente. La pieza legislativa argumenta que la exclusión previa desconocía el aporte del cónyuge en la creación y aumento de los bienes durante la vida en común. Actualmente, la iniciativa se encuentra bajo estudio de la Comisión de Justicia del Senado tras haber perimido en la legislatura anterior.

Fuente: Portada