La Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales ha evadido informar sobre el cumplimiento de la condena impuesta al exembajador Donni Mayobanex Santana Cuevas. El exfuncionario, sentenciado a 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, cuenta con un permiso laboral que le permite salir del recinto durante la semana. Ante reportes sobre un posible incumplimiento del retorno al Centro de Privación de Libertad del kilómetro 15 de Azua, las autoridades han optado por el silencio administrativo. La solicitud de información, presentada el pasado 8 de octubre, buscaba verificar si el recluso está acatando la orden judicial de permanecer en prisión durante los fines de semana.
Negativa de acceso a la información
El departamento jurídico de la institución penitenciaria rechazó la petición argumentando que los datos sobre el cumplimiento de la pena son de carácter privado. Según el encargado del área, César Sánchez, el medio solicitante no acreditó una legitimidad jurídica ni una habilitación legal para acceder a dichos registros. Esta postura ignora que el caso involucra a un exfuncionario del Estado y que el cumplimiento de una sentencia judicial es un asunto de interés público. La institución no citó ninguna normativa específica que clasifique el estatus de reclusión de un condenado como información confidencial protegida por ley.
Modificación del permiso laboral
El beneficio otorgado a Santana Cuevas ha sido objeto de controversia desde su implementación, motivando incluso recursos por parte del Ministerio Público. En septiembre de 2026, la Segunda Sala de la Corte Penal de San Cristóbal ratificó el permiso laboral pero endureció las condiciones, ordenando su reclusión obligatoria desde los viernes hasta los lunes. A pesar de este mandato judicial, la Dirección de Prisiones no ha aclarado si el condenado está siendo monitoreado correctamente ni si se ha presentado en el penal según lo dictaminado. La falta de transparencia mantiene dudas sobre la ejecución efectiva de la pena impuesta por el tribunal.
Fuente: Actualidad


