La Corte de Apelación del distrito judicial de Puerto Plata dictó una sentencia de tres años de prisión suspendida contra el pelotero Wander Franco. Esta decisión judicial se deriva del proceso legal por abuso sexual y psicológico cometido en perjuicio de una adolescente. Como parte de las sanciones económicas, el tribunal impuso al deportista una multa equivalente a tres salarios mínimos y ordenó el decomiso de 2.1 millones de pesos a favor del Estado dominicano.

Condiciones impuestas y advertencias legales

Durante el tiempo que dure la suspensión de la pena, el jugador deberá cumplir con estrictas medidas de conducta supervisadas por el juez de ejecución. Entre las restricciones se encuentran la prohibición de visitar lugares frecuentados por la víctima y la restricción total de contacto o comunicación con ella mientras sea menor de edad. Las autoridades advirtieron que cualquier incumplimiento de estos mandatos resultará en la revocación inmediata del beneficio, lo que obligaría al sentenciado a cumplir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe.

El fallo surge tras la revisión de los recursos de apelación presentados contra la sentencia previa del Tribunal Colegiado, que inicialmente había otorgado un perdón judicial al atleta. El Ministerio Público había solicitado una pena de cinco años, mientras que la defensa buscaba mantener la decisión anterior. En la misma audiencia, la Corte ratificó la condena de diez años de prisión para Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor involucrada, tras rechazar los recursos de apelación interpuestos por los imputados.

Fuente: Actualidad